jueves, 26 de enero de 2012

PORQUE DEBEMOS ACREDITARNOS



PORQUE DEBEMOS ACREDITARNOS:

Dentro del contexto del Plan Nacional de Desarrollo, se establece como uno de los objetivos sectoriales “Elevar la calidad de la educación para que los estudiantes mejoren su nivel de logro educativo, cuenten con medios para tener acceso a un mejor bienestar y contribuyan al desarrollo nacional”. La Acreditación de programas académicos, es uno de los mecanismos para fortalecer y consolidar la educación superior.

BENEFICIOS DE LA ACREDITACIÓN:

P              Fomenta una cultura de mejora continua
P              Propicia que los programas académicos alcancen los parámetros de calidad nacionales e internacionales.
P              Fomenta la comunicación y la interacción entre las partes interesadas en busca de una educación de mayor calidad y pertinencia.
P              Promueve cambios significativos acorde con las necesidades sociales presentes y futuras.
P              Provee a la sociedad información sobre la calidad de los programas educativos de nivel superior.
P              Forma profesionistas integrales y competitivos.

LOS CRITERIOS DE ACREDITACIÓN:

P              Definición y características de los programas académicos
P              Personal académico
P              Alumnos
P              Seguimiento de egresados
P              Plan de estudios
P              Proceso enseñanza - aprendizaje
P              Infraestructura
P              Investigación y/o desarrollo tecnológico
P              Extensión, difusión de conocimiento y vinculación
P              Administración del programa
P              Resultado e impacto 

QUIENES INTERVIENEN EN EL PROCESO DE ACREDITACIÓN

Se distinguen 4 entidades primordiales:
P              La Institución Educativa
P              La Comisión de Evaluación de Pares
P              El Comité de Acreditación
P              La Comisión de Análisis y Consolidación.   (Los Evaluadores, como sub-conjunto de la Comisión de Análisis)
P              El Consejo de Vigilancia (puede participar como observador)

ACTO DE ACREDITACIÓN

P              Es el reconocimiento público de la calidad que hace el Organismo pertinente estatal con base en el concepto técnico del Organismo acreditador.

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